PORCENTAJES DEL IPREM · SUBSIDIOS SEPE

95 % del IPREM en 2026: 570 € y primer tramo SEPE

95 % del IPREM: 570 € mensuales en 2026, aplicables durante los primeros 180 días de determinados subsidios del SEPE.

BOE y SEPE 570 €: primeros 180 días de ciertos subsidios
Documentación financiera y gráficos para comprender el 95 por ciento del IPREM
RESPUESTA RÁPIDA · EJERCICIO 2026

95 % del IPREM = 570 € al mes

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En los subsidios SEPE la cuantía se calcula generalmente sobre el IPREM mensual. En los subsidios afectados por la escala reformada, el primer tramo (días 1–180) se calcula con el 95 % del IPREM mensual. No es el límite de rentas, que suele vincularse al 75 % del SMI. Confirma tu situación en el SEPE.

En 2026, el 95 % del IPREM son 570 € al mes (600 € × 0,95). Esta cantidad es la referencia para los primeros 180 días de determinados subsidios por desempleo del SEPE a los que se aplica la reforma del nivel asistencial. No implica que cualquier persona desempleada tenga derecho a percibir 570 € ni que la ayuda dure necesariamente seis meses.

Aquí te explicamos cuánto representa este porcentaje, cómo se cuentan los días del primer tramo y qué cambia cuando empieza el segundo. Para consultar requisitos de acceso, solicitud o renta familiar, utiliza la guía general del subsidio SEPE.

¿Cuánto es el 95 % del IPREM en 2026?

Referencia utilizadaValor del IPREM 202695 % del IPREM
Diaria20,00 €19,00 €
Mensual600,00 €570,00 €
Anual ordinaria (12 meses)7.200,00 €6.840,00 €
Anual superior (cuando corresponda)8.400,00 €7.980,00 €

Para el subsidio SEPE se aplica el IPREM mensual. Las equivalencias anuales de 6.840 € y 7.980 € son cálculos porcentuales de las distintas referencias del IPREM: no representan el importe anual que cobrarías automáticamente del subsidio. Las pagas extraordinarias del IPREM solo se consideran cuando la norma de cada ayuda lo indique.

La fórmula del 95 % y su equivalencia con 0,95 veces el IPREM

IPREM × 95 ÷ 100 = IPREM × 0,95. Ejemplo mensual: 600 € × 95 ÷ 100 = 570 €. Expresar «0,95 veces el IPREM» significa exactamente la misma operación. Si una convocatoria señala una cifra anual, toma como base el IPREM anual que esa convocatoria establezca y aplica el 0,95.

SEPE: ¿quién puede cobrar el 95 % del IPREM durante los primeros 180 días?

El artículo 278 de la Ley General de la Seguridad Social, modificado por el Real Decreto-ley 2/2024, fija la escala general para los subsidios afectados por la reforma con hecho causante a partir del 1 de noviembre de 2024, sin perjuicio de las disposiciones transitorias y de las excepciones legales.

Tramo de percepción del derechoPorcentaje del IPREMImporte mensual con IPREM de 600 €
Días 1 a 18095 %570 €
Días 181 a 360, cuando proceda90 %540 €
Desde el día 361, si continúa el derecho80 %480 €
Mayores de 52 años (regla propia)80 %480 €

La cuantía del primer tramo puede corresponder, si se cumplen los requisitos y la normativa aplicable, a subsidios como el de agotamiento de la prestación contributiva y el de cotizaciones insuficientes. La duración reconocida, las suspensiones, las reanudaciones y las posibles situaciones de compatibilidad con el trabajo influyen en el expediente concreto.

¿Cuándo se pasa de 570 € a 540 €? Ejemplos prácticos

  • Derecho reconocido por 90 días: si rige la escala general, los 90 días quedan dentro del primer tramo (95 %). No se llega al día 181.
  • Derecho reconocido por 240 días: los primeros 180 días corresponden al 95 %. Si sigue vigente el derecho, los días 181 a 240 corresponden al 90 % del IPREM mensual.
  • Derecho reconocido de más de 360 días: si el subsidio permite esa duración, después del tramo del 90 % se aplica la referencia del 80 % desde el día 361.

El paso entre tramos depende de los días de derecho efectivamente consumidos, no simplemente de contar seis meses naturales sin mirar suspensiones o incidencias. Estos ejemplos explican únicamente el cálculo orientativo de la cuantía; el SEPE determina el derecho concreto.

¿Y si ya cobrabas un subsidio antes de noviembre de 2024?

No todos los expedientes antiguos pasaron automáticamente al 95 %. La reforma contempla disposiciones transitorias y el régimen aplicable depende de la fecha del hecho causante y del derecho reconocido. Consulta el material oficial del SEPE sobre la reforma y tu resolución particular.

95 % del IPREM y límite de rentas: dos conceptos diferentes

Los 570 € mensuales indican cuánto puede corresponder de subsidio en el primer tramo de determinados derechos. En cambio, el requisito de carencia de rentas se vincula, con carácter general, al 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI) y al cómputo de rentas previsto por la ley. No confundas el 75 % del SMI con el 75 % del IPREM ni con el importe que se percibe.

Comparativa histórica: 95 % del IPREM de 2020 a 2026

Ejercicio95 % mensual95 % del anual ordinario95 % de referencia anual superior
2026570,00 €6.840,00 €7.980,00 €
2025570,00 €6.840,00 €7.980,00 €
2024570,00 €6.840,00 €7.980,00 €
2023570,00 €6.840,00 €7.980,00 €
2022550,07 €6.600,83 €7.700,97 €
2021536,66 €6.439,86 €7.513,17 €
2020510,95 €6.131,33 €7.143,61 €

Los importes históricos son exclusivamente equivalencias matemáticas del 95 %. No significan que el SEPE pagara un primer tramo del 95 % en 2020, 2021, 2022 o 2023: esa escala fue introducida para los supuestos afectados por la reforma de 2024. Los valores anuales históricos se calculan sobre la cuantía anual oficial de cada año, evitando reconstruirlos desde importes mensuales redondeados.

Dudas frecuentes sobre los 570 €

  • ¿Se cobran 570 € en todos los subsidios? No. La escala afecta a determinados subsidios. Por ejemplo, el subsidio para mayores de 52 años utiliza la referencia del 80 % del IPREM.
  • ¿El primer tramo siempre dura seis meses? Como máximo abarca los primeros 180 días en los casos a los que aplica, pero un derecho puede terminar antes o experimentar incidencias que afecten a los días consumidos.
  • ¿Son 570 € también el límite para pedir el subsidio? No. La cuantía de la ayuda y el requisito de ingresos son cuestiones distintas.
  • ¿Qué ocurre al día 181? Cuando el derecho continúa bajo esa escala, la referencia pasa al 90 % del IPREM mensual, es decir, 540 € con la base de 2026.

Preguntas frecuentes sobre el 95 % del IPREM

¿Cuánto es el 95 % del IPREM mensual en 2026?
Es 570 € mensuales si se utiliza como base el IPREM vigente de 600 €. Se obtiene multiplicando 600 × 0,95.

¿Cuánto son 0,95 veces el IPREM?
Es exactamente lo mismo que el 95 % del IPREM: 570 € al mes en 2026.

¿Qué subsidios reciben el 95 % los primeros 180 días?
La nueva escala se aplica a los subsidios recogidos en la normativa reformada cuando se cumplen los requisitos y la fecha de hecho causante. El subsidio de mayores de 52 años mantiene su regla del 80 %.

¿Cobraré 570 € durante todo mi subsidio?
No necesariamente. En los derechos a los que se aplica la escala reformada, si duran más de 180 días el porcentaje de referencia baja al 90 % y más adelante al 80 %.

¿Qué sucede si el subsidio se reconoció antes de noviembre de 2024?
Puede estar sometido al régimen transitorio. No puede concluirse su cuantía solo con la tabla actual; revisa la resolución y la normativa que le corresponda.

¿El 95 % del IPREM sirve para medir el límite de rentas?
No como regla general de acceso a subsidios. El requisito de carencia de rentas se suele vincular al 75 % del SMI, con condiciones específicas.

¿Cuál es el 95 % del IPREM anual?
En 2026 son 6.840 € sobre el anual de 12 mensualidades y 7.980 € sobre la referencia superior, si procede. Son equivalencias matemáticas, no pagos automáticos de subsidios.

Fuentes oficiales y lecturas relacionadas